Las amas de casa: situación en el mundo del trabajo

Autor: INAESIN

Fecha: 05/10/2021

A finales del siglo XVIII, con la aparición del matrimonio como institución, se describía que los hombres y las mujeres tenían roles sociales, capacidades físicas y orientaciones emocionales completamente diferentes. El hombre se estableció como el sostén de la familia, mientras que las mujeres fueron idealizadas exclusivamente como amas de casa y madres[1]. Esto se mantiene a día de hoy, aun cuando en las últimas décadas las mujeres se han incorporado masivamente al mercado de trabajo[2].

Ese rol de ama de casa rara vez se reconoce oficialmente como trabajo[3], ya que no son consideradas como actividades productivas, siendo por tanto no remunerado y percibido como obligatorio y rutinario[4]. Antes de la pandemia, se estimaba que las mujeres realizaban alrededor de tres cuartas partes de las 16.000 millones de horas de trabajo no remunerado que se realizan cada día entodo el mundo, lo cual empeoró con la llegada del COVID-19[5].

Es una lucha cultural la visión que se tiene de las amas de casa, ya que es frecuente oír que muchas mujeres dicen “Yo no trabajo, soy ama de casa”[6], cuando las labores domésticas, sostienen a las familias, respaldan las economías, cubren la falta de servicios sociales y hace posible que otros miembros de la familia salgan y obtengan un ingreso productivo[7].

Como aun culturalmente la responsabilidad del trabajo doméstico recae sobre las mujeres, muchos lo consideran doble jornada laboral[8], por lo que tienen menos tiempo para desempeñar trabajos remunerados y frecuentemente se enfrentan a inseguridad financiera[9]. Esto ha provocado que en la Latinoamérica existan sindicatos para proteger los derechos de las amas de casa[10]

En Venezuela la Constitución reconoce el trabajo del hogar como una actividad económica que crea valor agregado y produce riqueza y bienestar social[11]. Por ello se les reconoce a las amas de casa el derecho a la seguridad social, lo cual está también contenido en las normas del trabajo[12]. En las normas sobre seguridad social no se especifica una protección específica a las amas de casa, pero se indica que existe un régimen prestacional por cargas derivadas de la vida familiar[13]. Actualmente no se tiene data oficial del alcance y aplicación de estas normas.

En vista de esta situación y frente a la pandemia, la ONU pide a los gobiernos y las empresas que reconozcan que existe trabajo no remunerado y que implementen medidas como licencias familiares adicionales o licencias remuneradas, y que mantengan abiertos los centros de cuidado infantil para aliviar la carga de trabajadoras[14].

 


[1]https://www.bbc.com/mundo/noticias-56004226Unosmás iguales que otras

[2]Las Amas deCasa en el Ordenamiento Jurídico Venezolano,por Rebeca Castro S., Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas Universidad deCarabobo, disponible en:http://servicio.bc.uc.edu.ve/derecho/revista/idc29/art7.pdf

[3] https://www.bbc.com/mundo/noticias-55086718

[4] Las Amas de Casa en el Ordenamiento Jurídico Venezolano, por Rebeca Castro S., Facultad de Ciencias Jurídicas yPolíticas Universidad de Carabobo, disponible en:http://servicio.bc.uc.edu.ve/derecho/revista/idc29/art7.pdf

[5] https://www.bbc.com/mundo/noticias-55086718

[6]https://www.ilo.org/buenosaires/recursos-de-informacion/videos/WCMS_682172/lang--es/index.htm

[7]https://www.bbc.com/mundo/noticias-55086718

[8] Las Amas de Casa en el Ordenamiento Jurídico Venezolano, por Rebeca Castro S., Facultad de Ciencias Jurídicas y PolíticasUniversidad de Carabobo, disponible en:http://servicio.bc.uc.edu.ve/derecho/revista/idc29/art7.pdf

[9] https://www.bbc.com/mundo/noticias-55086718

[10]https://www.ilo.org/buenosaires/recursos-de-informacion/videos/WCMS_682172/lang--es/index.htm

[11] Artículo 88 de la Carta Magna.

[12] Artículo 17 de la Ley Orgánica del Trabajo, losTrabajadores y las Trabajadoras promulgada en el año 2012.

[13] Artículos 57 y 62 de la Ley Orgánica del Sistema deSeguridad Social.

[14] https://www.bbc.com/mundo/noticias-55086718

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